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2011


Nueva relación de teléfonos para notificar accidentes en transporte de mercancías peligrosas.
Actualizado a 19 de mayo de 2009
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Manual del Transporte en Gipuzkoa 2010
Manual del Tacógrafo Digital 2009
05/01/2010 GASÓLEO PROFESIONAL: Modificada la cuantía de referencia para calcular el importe de devolución en 2010 (0,029 euros/litro)



A través de la Disposición adicional decimocuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (BOE, 24/12/09), se modifica esta cuantía como consecuencia de adoptar el mínimo de imposición aplicable a España a partir del 1 de enero de 2010 que marca la Directiva Europea 2003/96.
La referencia pasa de 269,86 euros/1000 litros a 278 euros/1000 litros (no se tiene en cuenta los 24 euros/1000 litros de la parte estatal del Impuesto sobre Venta Minoristas), nueva referencia que servirá para calcular el importe a devolver. Así, a partir del 1 de enero de 2010 el nivel de devolución se sitúa en 29 euros/1000 litros (la adaptación del nivel impositivo a la Directiva supone pasar de un nivel de devolución de 37,14 euros/1000 litros a 29 euros/1000 litros).
Por tanto, y teniendo en cuenta el tope anual de 50.000 litros por camión, por los que se puede recuperar, a partir de ahora un vehí­culo con el consumo máximo citado recuperará 1.450 euros por camión y año, frente a los 1.857 euros que se recuperaba hasta el momento.