20/03/2012
Se amplÃa hasta el 16 de abril el plazo para presentar el Informe Anual de Consejero de Seguridad del año 2011
Durante el pasado mes de enero la aplicación informática de presentación telemática de los informes anuales no funcionó durante 15 dÃas, por problemas en la red informática del Ministerio de Fomento, es por ello por lo que la Mesa de apoyo, en temas de gestión, a la Mesa de Directores Generales, en su reunión del pasado 7 de marzo, aprobó prorrogar el plazo de presentación de informes hasta el próximo 16 de abril a las 24 horas.
Los informes que se presenten en el nuevo plazo se considerarán a todos lo efectos como dentro del plazo reglamentario.
AsÃ, aquellos informes que se presenten entre el 1 y el 16 de abril por vÃa telemática generarán el certificado como entregado fuera de plazo. Esta circunstancia no tiene que ser tenida en cuenta, puesto que queda constancia del dÃa y la hora que el informe entra en los registros correspondientes.
Recordamos que los Consejeros de Seguridad están obligados a redactar un informe anual, dirigido a la empresa, sobre las actividades de transporte de mercancÃas peligrosas de la empresa a la que están adscritos. El contenido mÃnimo de dicho informe se establece en la Orden FOM/2924/2006. Dicho informe deberá remitirse obligatoriamente por vÃa telemática a la siguiente dirección del Ministerio de Fomento: www.fomento.es/informesconsejeros/Para comenzar a utilizar esta aplicación es necesario que la CCAA donde esté radicada la sede social de la empresa (Departamento de Transportes del Gobierno si lo está en la CAV), facilite al interesado una clave de identificación con un código de usuario y una contraseña. Las claves facilitadas en años anteriores siguen siendo válidas, por lo que no hace falta solicitar nuevas claves, a no ser que hubiese algún cambio en el NIF de la empresa.
Recordamos que los Consejeros de Seguridad están obligados a redactar un informe anual, dirigido a la empresa, sobre las actividades de transporte de mercancÃas peligrosas de la empresa a la que están adscritos. El contenido mÃnimo de dicho informe se establece en la Orden FOM/2924/2006. Dicho informe deberá remitirse obligatoriamente por vÃa telemática a la siguiente dirección del Ministerio de Fomento: www.fomento.es/informesconsejeros/Para comenzar a utilizar esta aplicación es necesario que la CCAA donde esté radicada la sede social de la empresa (Departamento de Transportes del Gobierno si lo está en la CAV), facilite al interesado una clave de identificación con un código de usuario y una contraseña. Las claves facilitadas en años anteriores siguen siendo válidas, por lo que no hace falta solicitar nuevas claves, a no ser que hubiese algún cambio en el NIF de la empresa.








