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Laboral

Correcciones del Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera


A continuación resumimos los errores detectados, según lo publicado en el BOG del 20 de noviembre.


  1. La cantidad del Salario Diario referida a la Categoría Profesional “Conductor de Reparto” de la tabla salarial del año 2006 pasa a ser la siguiente:
    Salario Diario Conductor de Reparto: 40,13 €.
  2. La cantidad de la Retribución Anual referida a la Categoría Profesional “Jefe de Estación o Adm. 3ª” de la tabla salarial del año 2006 pasa a ser la siguiente:
    Retribución Anual: 18.382,92 €.
  3. El Grupo de clasificación según funciones y la Retribución salarial para la Categoría Profesional “Oficial Carretillero” pasan a ser los siguientes:
    Grupo profesional. IV Personal de Taller:
    • Retribución 2005: Salario día: 38,65€; Salario anual: 17.586,12 €; Base antigüedad: 24,515 €
    • Retribución 2006: Salario día: 40,47€; Salario anual: 18.412,67 €; Base antigüedad: 24,515 €
  4. El contenido del párrafo segundo de la letra a) del Artículo 9, “Antigüedad” pasa a ser el siguiente:
    El 50% se considerará complemento Ad Personam quedando esta cantidad inalterable y no siendo compensable ni absorbible y, el restante 50% se aplicará en concepto de Plus de Antigüedad.
  5. El contenido del párrafo segundo del Artículo 8, "Absorción y compensación y condiciones más beneficiosas" por el que se indica a continuación:
    El incremento de salarios reales indicado en el artículo 7° no podrá ser compensado ni absorbido, salvo en aquellas Empresas que hayan aumentado las retribuciones a partir del 1° de enero de 2005, en cuyo caso la compensación será total o parcial, según los casos.
Estas correcciones fueron publicadas en el BOG del 20 de noviembre

Publicado el Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera de Gipuzkoa 2005-2006
Con fecha 10 de agosto se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera en nuestra provincia para los años 2005 y 2006. Ver principales disposiciones.


Principales condiciones:
Año 2005
  • Incremento salarial: 4,20% (IPC 2004 + 1)
  • Jornada: 1.700 horas
  • Dietas: IPC 2004 (Estado) e IPC de cada país (internacional)
  • Plus convenio: IPC 2004
  • Plus actividad: IPC 2004
  • Póliza seguro: IPC 2004
  • Seguro Retirada carnet: IPC 2004
  • Aportaciones a GEROA: 0,75% cada parte.
Año 2006
  • Incremento salarial: 4,70% (IPC 2005 + 1)
  • Jornada: 1.692 (8 horas menos)
  • Dietas: IPC 2005 (Estado) e IPC de cada país (internacional).
  • Plus convenio: IPC 2005
  • Plus actividad: IPC 2005
  • Póliza seguro: IPC 2005
  • Seguro Retirada carnet: IPC 2005
  • Aportaciones a GEROA: 0,75% cada parte.
Se han incluido, además, tres nuevas categorías profesionales (Director y Técnico Comercial y Oficial Carretillero) además de un nuevo artículo que contempla la creación de una Comisión de estudio de la subrogación empresarial para trabajadores pertenecientes a contratas y subcontratas.

Corrección de errores en la tabla salarial de 2006 del convenio colectivo de transporte mercancías por carretera en Gipuzkoa.
Se ha detectado un error en la tabla salarial de 2006 del Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera, publicado en el BOG el pasado 10 de agosto, concretamente en el salario diario del conductor de reparto, donde cice 41,13 debe decir 40,13. El cambio se publicará en el BOG próximamente.

Para acceder al texto completo del convenio, pulsar aquí

Versión Imprimible
GUITRANS
Asociación Empresarial Guipuzcoana de Transporte de Mercancías por Carretera
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián
Teléfono: 943-31.67.07 Fax: 943-31.62.70
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